Maria Telo Núñez fue una abogada y feminista española, defensora de los derechos de la mujer.  Doctora Honoris Causa por la Universidad de Salamanca, recibió el Premio Scevola 2011, por su compromiso con la justicia y por su lucha a favor de la democracia y la igualdad. Escribió  Mi lucha por la igualdad jurídica de la mujer.

Nació en Cáceres en 1915, dentro de una familia ilustrada y culta. Su padre fue militar y notario, con el grado de  Teniente Coronel y animó a sus hijos a estudiar Derecho. Pero María era mujer y, en ese tiempo, eso suponía un problema.  Hizo el bachillerato de Ciencias para estudiar Farmacia, pero la llegada de la II República permitió a las mujeres acceder a la práctica del Derecho y María decidió estudiar esa carrera, su vocación.  En 1932, poco antes de la Guerra Civil española, ingresó en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca. Pero  la Guerra Civil le impidió terminar sus estudios hasta 1940, en que obtuvo su licenciatura por la Universidad de Zaragoza.  Pero, por ser mujer,  no pudo opositar ni acceder al cuerpo de notarios.

Técnico de Administración Civil

En 1944 opositó al Cuerpo Técnico de Administración Civil del Ministerio de Agricultura. Fue la primera mujer que consiguió acceder a ese cuerpo. Allí  conoció a Juan Manuel Fernández Albor, con quien se casó y tuvo una hija.

A los 37 años enviudó y decidió entonces establecerse como abogada y ejercer  en Madrid. Se especializó en Derecho de Familia.  Trabajó y llevó casos hasta que cumplió  80 años.

Miembro de la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas

En los años 50 empezó a trabajar para mejorar  la situación jurídica de las mujeres y avanzar hacia la igualdad. Durante esos años mantuvo correspondencia con Clara Campoamor. Se incorporó a varias organizaciones nacionales e internacionales, cuyos objetivos eran  la defensa de los derechos de las mujeres.  Y a finales de los años cincuenta ingresó en la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas (FIMCJ).

En 1969 organizó el Consejo anual de esa federación en Madrid.  En su ponencia,  titulada «La mujer en el derecho civil», analizó la situación de inferioridad jurídica de las españolas. Esa ponencia tuvo gran repercusión. En ese Consejo se conocieron varias abogadas que decidieron crear «la Comisión de Estudios dependiente de la FIMCJ», para «estudiar las conclusiones acordadas en el Consejo». Visitaron a las máximas autoridades en materia jurídica del país, desde el jefe del Estado, hasta la delegada nacional de la Sección Femenina de Falange (SF).

En un artículo publicado en ABC afirmó:  “Cuando en septiembre de 1969, inicié la lucha por liberar a la mujer de las cadenas jurídicas, su situación era tan vejatoria y alienante dentro de la familia, que había artículos como el 1263, que situaba a la mujer casada entre los menores, los locos o dementes y los sordomudos que no sabían leer ni escribir. El artículo 57 obligaba a la mujer a obedecer al marido y la licencia marital era como su sombra para todos los actos de la vida. Sin licencia, prácticamente, la mujer sólo podía hacer testamento”.

Asociación Española de Mujeres Juristas (AEMJ)

En 1971 se creó la Asociación Española de Mujeres Juristas (AEMJ), que presidió María.  Sus fines eran: el estudio del Derecho, especialmente aquel que afecte directamente a la mujer o a la familia; promover la adecuación de normas legales a la época actual, y la promoción de la mujer, dentro de sus respectivas profesiones, y particularmente de las tituladas en Derecho.   Esta asociación solicitó la incorporación de mujeres juristas en la Comisión General de Codificación (CGC),  el máximo órgano consultivo del Ministerio de Justicia. Para conseguirlo,  tuvieron que presentar varios escritos en los que se fundamentaba la solicitud.

Excmo. Sr., nosotras somos las primeras en lamentar, por ser la más afectadas directamente, el que ninguna mujer jurista pueda haber tenido la oportunidad de acceder a los puestos que para ser Vocal nato de dicha Comisión General de Codificación se requiere, a causa de estar prohibido en España hasta hace cinco años en Magistratura, y diez años en otras profesiones el ingreso de la mujer.

En 1972 se constituyó, en el seno de la Comisión General de Codificación, una sección especial, para estudiar las incidencias de los cambios sociales en el Derecho de familia.  María fue nombrada, junto a Carmen Salinas Alfonso, Concepción Sierra Ordóñez y Belén Landáburu, para formar parte de esa Comisión. Los trabajos culminaron con la promulgación de la Ley 14/75 de 2 de mayo de 1975,  que devolvió a la mujer su capacidad plena de obrar al eliminar la obediencia al marido, la licencia marital y todas las discriminaciones por razón de sexo, excepto dos, la patria potestad conjunta y la administración conjunta de los bienes gananciales.

El trabajo de María consiguió que las mujeres pudieran abrir cuentas en el banco y trabajar, sin permiso de su marido.

Reforma del código civil y leyes igualitarias

Con la llegada de la democracia, su obra jurídica fue decisiva para la reforma del Código Civil.  En 1976 organizó el I Congreso Internacional de Mujeres Juristas que tuvo lugar ese mismo año en Madrid.   Participó en todos los avances jurídicos sobre la patria potestad conjunta y la administración conjunta de los bienes gananciales (ley de «Filiación, patria potestad, y régimen económico matrimonial»), en los estudios previos a la aprobación de la ley sobre «Clases de matrimonio, separación, nulidad y divorcio»… Como secretaria de Lengua Española de la Federación Internacional de Mujeres Juristas, promovió la creación de siete Asociaciones de Mujeres de Carreras Jurídicas, en Puerto Rico, Perú, Argentina; Colombia, Bolivia, Brasil y Chile.

El 2005, en un congreso de la Plataforma por los Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción afirmó:

“(…) Conseguir que el permiso de paternidad sea obligatorio, me parece una medida muy sabia para romper esa complicidad masculina entre empresario y trabajador. Los empresarios, y la sociedad en general, han de comprender que tanto el hombre como la mujer son seres humanos, que no son máquinas; que tienen hijos, y ambos tienen la obligación y el derecho, de cuidarlos y disfrutar de su compañía en los primeros tiempos de su vida. Y que si esto comporta un cierto perjuicio para la empresa, no se puede saldar haciendo recaer la carga sólo sobre la madre en perjuicio de su trabajo y reservándose el trabajo del padre en su propio beneficio. Es una medida muy mentalizadora, pues al ser obligatoria creará costumbre, y al cabo de cierto tiempo se considerará normal y abrirá camino a otras igualdades”

En el acto de investidura como doctora honoris causa, situó la raíz de la desigualdad  en que los roles que el hombre y la mujer desempeñan dentro de la familia, son desiguales «y sus consecuencias se proyectan en el mercado laboral, en la ocupación de puestos de poder, de decisión y de responsabilidad…» Aludió a la doble jornada, los trabajos a tiempo parcial o de horario flexible de distinta naturaleza que, aseguró, «arruinan» la formación de las mujeres.

María murió en Madrid en 2014. Tenía 98 años.

Más información: wikipedia, El Pais,